VISTO:
La Resolución IM/25.561 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Ordenanza Nº 2384, la Ordenanza Nº 2387 y el Programa Provincial “Movilidad Educativa Rural”, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 2384 incorpora el inc. P) en el Art.2º) de la Ordenanza Tributaria la “Tasa de mantenimiento para el equilibro poblacional de perros y gatos”;
Que la Ordenanza Nº 2387 autoriza a la Municipalidad a suscribir el programa “Mas Hogares” con la Dirección Provincial de Vivienda para la construcción de diez viviendas a través de un préstamo por la suma de 45.746.240,00 (pesos cuarenta y cinco millones setecientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta pesos con 00/100);
Que el Gobierno de Santa Fe implemento el programa “Movilidad Educativa Rural”; otorgando ayuda económica para aquellos alumnos que deban trasladarse para concurrir a los establecimientos educativos, siendo las Comunas y Municipios responsables de articular el beneficio;
Que se hace necesario realizar las adecuaciones presupuestarias para reflejar la recaudación por “Tasa de mantenimiento para el equilibro poblacional de perros y gatos” así como los respectivos gastos relacionados con el control poblacional de los mismos;
Que resulta necesario autorizar los fondos provenientes de los programas “Movilidad Educativa Rural” y “Mas Hogares”, así como las erogaciones vinculadas a tal fin;
Que por ello el Departamento Ejecutivo Municipal solicita ampliar e incorporar las partidas presupuestarias de manera de poder reflejar la realidad económica del ejercicio.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la readecuación de los Ingresos según se detalla a continuación. Incrementándose el rubro Ingresos en las sumas abajo detalladas:
INGRESOS | |
RUBRO: TASAS Y SERVICIOS | |
1.01.01.02.15 TASA EQUIL POBLAC PERROS Y GATOS | 2.700.000 |
RUBRO: TRANSFERENCIAS | |
1.05.12 MOVILIDAD EDUCATIVA | 4.500.000 |
RUBRO: RECURSOS DE CAPITAL | |
1.03.01.01 PROGRAMA MAS HOGARES | 45.746.240 |
Art. 2º): Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la readecuación de los Egresos según se detalla a continuación. Incrementándose el rubro Egresos en las sumas abajo detalladas:
EGRESOS | |
RUBRO: GASTOS SERVICIOS GENERALES | |
2.02.02.02.23 REFUGIO CANINO | 2.700.000 |
RUBRO: TRANSFERENCIAS | |
2.05.14 MOVILIDAD EDUCATIVA | 4.500.000 |
RUBRO: TRABAJOS PUBLICOS | |
2.04.02.26 PROGRAMA MAS HOGARES | 45.746.240 |
Art. 3º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Desé Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de Junio de 2022.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.