VISTO:

La existencia de un Contrato de Comodato vigente entre la Municipalidad de San Jorge y el Centro de Transportistas Unidos de San Jorge Asociación Civil, así como la reciente celebración de un nuevo contrato con la misma entidad.

CONSIDERANDO:

Que en el año 2015 se celebró un Contrato de Comodato entre la Municipalidad de San Jorge y el Centro de Transportistas Unidos de San Jorge, el cual sigue vigente en un predio municipal sin costo;

Que la actual gestión municipal ha informado públicamente, a través de medios de comunicación masiva, sobre la firma de un nuevo Contrato con la mencionada Asociación Civil, presuntamente sobre un predio privado, lo que podría implicar erogaciones de carácter público con fondos provenientes de los contribuyentes de la ciudad de San Jorge;

Que los actos administrativos que comprometen fondos públicos deben estar sujetos a los principios de transparencia, acceso a la información y control legislativo, tal como lo establecen las Leyes y Ordenanzas municipales vigentes;

Que en cumplimiento de nuestras funciones como legisladores y representantes de la comunidad, es imperativo contar con información precisa sobre las condiciones y términos de dicho contrato, con el propósito de garantizar la correcta administración de los recursos municipales.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

 

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Art. 1º): Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal la remisión inmediata de copia de cualquier Contrato de Arrendamiento, Comodato o Acto Administrativo adicional relacionado con el predio denominado “La Ganadera”, ubicado en la intersección de calle Falucho y Av. Nothebohn, celebrado entre la Municipalidad de San Jorge y el Centro de Transportistas Unidos de San Jorge Asociación Civil, el cual, conforme a la normativa vigente, debería ser de libre acceso.

Art. 2º): Requerir un informe detallado sobre:

Art.3º): Establecer un plazo de 15 días corridos para la remisión de la información solicitada, con el objetivo de garantizar la transparencia y el acceso público a los actos administrativos que comprometen recursos municipales.

Art.4º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese. –

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de mayo de dos mil veinticinco.

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                       Sr. Facundo Blum

Secretario del H.C.M.                                                                 Presidente del H.C.M

Descargar legislación: Nº 796 CENTRO DE TRANSPORTISTAS