DECLARACIÓN
VISTO:
El programa de formación comunitaria mediante la realización de productos de limpieza reciclando Aceite de Cocina Usado (ACU), denominado “Programa Espuma” y;
CONSIDERANDO:
Que dicho programa de transformación comunitaria mediante la elaboración de productos de primera necesidad como son jabones “sólidos, líquidos, detergente líquido y jabón para manos” pretende conformar una fábrica de jabones a partir del reciclado del aceite usado de cocina;
Que el objetivo de este programa es capacitar e incluir al tejido socio productivo a las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad, como actores comprometidos y transformadores de la realidad social;
Que dicho programa desarrolla un modelo socio-productivo ambiental que genera instancias de promoción y capacitación de prácticas productivas y de comercialización que permitan crear valor agregado a través de la reutilización de residuos domésticos y gastronómicos como el Aceite de Cocina Vegetal;
Que en 11 provincias de nuestro país ya se implementa el programa Espuma que enseña a fabricar jabón sólido y líquido con aceite de cocina usado y en solo tres años de actividad jabonera se salvaron más de 3.000.000 litros de agua;
Que se trata de un proyecto de triple impacto que tiene una mirada social, un cuidado medioambiental y un beneficio económico;
Que de esta manera, la realización de talleres y capacitaciones traen enormes oportunidades laborales a los capacitados, generando oportunidades que incluyen a poblaciones vulnerables, organizaciones sociales, comedores comunitarios, vecinales y escuelas, entre otros;
Que permite la constitución de la economía circular como fuente de oportunidades, creando redes socio productivas en el territorio que trabajen de forma cooperativa.
Que según índices de consumo promedio per cápita, en el ejido urbano de nuestras ciudades se estarían utilizando anualmente miles de litros de aceite comestible que desechan (contaminando directamente cañerías, afluentes y napas);
Que la economía circular es un modelo de producción y consumo que implica compartir, reutilizar, reparar, renovar y reciclar materiales y productos existentes todas las veces que sea posible para crear un valor añadido;
Que de esta forma, el ciclo de vida de los productos se extiende, sus materiales se mantienen dentro de la economía y se reducen los residuos al mínimo, contrastando con el modelo económico tradicional, basado principalmente en el concepto “usar y tirar”, que requiere de grandes cantidades de materiales y energía de fácil acceso;
Que la economía circular es un paradigma que busca modificar la forma en que producimos y consumimos, alienta un flujo constante y una solución virtuosa, en la que los residuos puedan ser utilizados como recursos para reingresar al sistema productivo;
Que avanzar hacia una economía más circular podría generar beneficios como reducir la presión sobre el ambiente, estimular la competitividad, la innovación, el crecimiento económico y el empleo;
Que la economía circular beneficia la economía local al fomentar modelos de producción basados en la reutilización de residuos cercanos como materia prima; protege al medioambiente reduciendo las emisiones, minimizando el consumo de recursos naturales y disminuyendo la generación de residuos y fomenta el empleo estimulando el desarrollo de un nuevo modelo industrial más innovador y competitivo, así como mayor crecimiento económico y más empleo;
Que a su vez, no solo sirve para la reutilización de desechos sino también para reducir los residuos que generamos;
Que el cuidado del ambiente, mediante la reducción de residuos, toma cada vez más importancia en las agendas públicas;
Que cabe resaltar que “promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible” y “garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles” se enunciaron como Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas;
Que se torna indispensable priorizar el cuidado del ambiente, implementando estrategias para mitigar los efectos nocivos sobre el cambio climático, difundiendo campañas educativas tendientes a la concientización de la población sobre la importancia de la preservación del ambiente;
Que es deber del Estado Municipal generar políticas públicas que atiendan a las necesidades actuales y a las demandas del mercado laboral local y regional socioproductivo, con el objeto de generar una oferta formativa que beneficie a todos los sectores, buscando la integración social y la independencia laboral de comunidades excluidas, a partir de una propuesta colectiva, sustentable y con potencial para su comercialización autogestiva;
Que es necesario profundizar todas las estrategias ante la situación de desempleo que afecta a un considerable número de personas creando herramientas para la mejora de la empleabilidad;
Que el Aceite de Cocina Usado (ACU) es un residuo que representa un grave peligro para la comunidad; que posee componentes cancerígenos y por ende su mal uso o reutilización afectan la salud de quien lo consume; y, que su disposición en las cloacas constituye una fuente de contaminación, además de obstruir los desagües cloacales y pluviales;
Que muchos de los habitantes de nuestra ciudad desconocen que el ACU en frituras es un residuo de generación domiciliaria contaminante y los inconvenientes que puede ocasionar en el ambiente si no son desechados de manera adecuada;
Que cuando los aceites acaban en los ríos, forman una película superficial que impide el normal intercambio de oxígeno y altera el ecosistema: esto supone que un solo litro de aceite doméstico contamina 1.000 litros de agua.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
DECLARACION
Art. 1º): Declárese de Interés Municipal a la Charla: “EL PROGRAMA ESPUMA: COMO ALTERNATIVA A LA CONTAMINACIÓN DEL ACEITE DE COCINA USADO (ACU) MEDIANTE LA TRANSFORMACIÓN COMUNITARIA” a realizarse en nuestra ciudad, el día martes 28 de mayo a las 19 hs. en las instalaciones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, destinado a referentes locales, instituciones, comunidad educativa y público en general para la futura toma de decisiones sobre el tema a desarrollarse.
Art. 2º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil veinticuatro.
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M