VISTO:

La Agencia de Prevención de Consumo de Drogas (APRECOD), y;

CONSIDERANDO:

Que en el mes de julio de 2024 el Intendente Municipal informó a la comunidad, que nuestra ciudad había sido seleccionada por parte del Gobierno de la Provincia de Santa Fe para ser una de las seis ciudades seleccionadas donde se instalará un dispositivo regional de prevención y acompañamiento en adicciones aportando financiamiento y asistencia técnica a los gobiernos locales quienes deberán llevar adelante la gestión y los recursos humanos, materiales e inmuebles necesarios a dichos efectos;

 

Que las ciudades seleccionadas por el Gobierno Provincial fueron San Jorge, Villa Ocampo, Ceres, Rafaela, Venado Tuerto, y San Javier;

 

Que desde nuestro lugar, creemos importante este trabajo, ya que es necesario avanzar en acciones concretas en relación a la salud mental y los consumos problemáticos, acompañamos que esta inversión provincial llegue lo antes posible para brindar soluciones y/o alternativas a temas tan complejos y difíciles de abordar;

 

Que desde dicho anuncio, no conocemos los avances, pero si tenemos muchas consultas de familiares y conocidos que conviven con este tipo de situaciones, por lo que, creemos conveniente conocer el plan de trabajo de dicho programa, para acompañar a los profesionales de la salud designados y colaborar en lo que esté a nuestro alcance conforme la Ley de Municipios y Comunas N° 2756 de la Provincia de Santa Fe.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

 

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN

 

Art. 1°): Se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que brinde un informe detallado sobre la implementación del dispositivo regional de prevención y acompañamiento en adicciones, incluyendo los siguientes aspectos:

  1. Información sobre el financiamiento:
  1. Monto total de los fondos aportados por el Gobierno Provincial.
  2. En caso de existir aportes por parte de la Municipalidad de San Jorge, detalle de los montos correspondientes.
  3. Destino y utilización de dichos fondos, especificando partidas, gastos realizados y balance financiero.
  1. Designación de recursos humanos y áreas responsables:
  1. Identificación de las personas designadas para la implementación del programa.
  2. Área municipal encargada de la gestión del dispositivo.
  3. Detalle sobre sueldos, cargos y procesos de selección (concursos públicos, antecedentes de los designados, etc.).
  1. Funcionamiento y marco normativo:
  1. Lineamientos generales para el funcionamiento del dispositivo.
  2. Copia del convenio celebrado con el Gobierno Provincial.
  3. Procedimientos administrativos y normativas aplicables.
  1. Documentación complementaria:
  2. Actas, Decretos, Resoluciones y cualquier otra información oficial que permita conocer los avances del programa.

Art. 2°): Establecer un plazo de 30 días corridos para brindar la información solicitada.

Art.3º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese. –

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de mayo de dos mil veinticinco. –

 

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                       Sr. Facundo Blum

Secretario del H.C.M.                                                                 Presidente del H.C.M

 

 

 

Descargar legislación: Nº 795 APRECOD