VISTO:

 

La Resolución IM/26.495 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Resolución Nro. 2827/24 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la CONSTRUCCIÓN DE 27 VIVIENDAS PROTOTIPO NB de 2 dormitorios – PLAN 3643 – SAN JORGE – DEPARTAMENTO SAN MARTÍN, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nro. 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus arts. 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;

 

Que mediante el Decreto Nro. 1698/84, ratificado por el Nro. 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;

 

Que la Ley Nº 12046/02, su normativa concordante regula la redeterminación de los precios de las obras públicas cuando se acredita una variación en los costos de los ítems que componen el mismo.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

Art.1º): Autorizase al Sr. Intendente Municipal Juan Pablo Pellegrino, D.N.I. Nº 28.135.549 a firmar el instrumento de redeterminación de precios con índices de febrero de 2025, de la obra construcción de 27 viviendas prototipo NB de 2 dormitorios – PLAN 3643 – SAN JORGE – departamento San Martín, por administración municipal con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, según Resolución Nro. 2827/24

 

Art. 2º): Adhiérase la Municipalidad de San Jorge al sistema creado por Decreto 1698/84 ratificado por el Nro. 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

 

Art.3º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese copia al Registro Municipal y Archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de Mayo de 2025.-

 

 

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                               Sr. Facundo Blum

Secretario del H.C.M.                                                         Presidente del H.C.M.

 

 

Descargar legislación: Nº 2532 Redeterminacion Viviendas