VISTO:
La Resolución IM/ 25.600 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre
el Expte. N°880 – Año 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que es propósito del Sr. Arnaldo Ramón Cabrera (D.N.I.:10.314.126); en su carácter de propietario del inmueble ubicado en Calle Mendoza N°576 de esta ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, proceder a la donación de una fracción de terreno, designada como “LOTE B” del proyecto de mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1); que posee una superficie de 32,85 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “Parcelas N°18, N°19 y N°20 de la Manzana 106 de la sección 01 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Plano de Mensura N°034057-1962 (Manzana N°149 de la Sección 6° Catastro Municipal) – P.I.I. N°12-08-00-164.907/0003, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los dominios Tomo 102 Par, Folio 861, Número 60176 – Año 1959 – y Tomo 107 Impar, Folio 436, Número 8785 Bis – Año 1962 -;
Que el mencionado “LOTE B” será destinado a ensanche y apertura de calles, según el plano de Proyecto de Mensura y Subdivisión que se adjunta, confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1);
Que la única incumbencia de la Municipalidad es la de aceptar la donación, para luego proceder a su inscripción en la Dirección de Topografía y Catastro de la Provincia según lo dispuesto por Ley 9319, reglamentada según Decreto N°5154;
Que la Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 dispone en su Art. 30 Inc. 8 “que son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales, aceptar o rechazar las donaciones o legados que se hicieran al Municipio”.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º): Acéptese la donación ofrecida por el Sr. Arnaldo Ramón Cabrera (D.N.I.:10.314.126); en su carácter de propietario del inmueble ubicado en Calle Mendoza N°576 de esta ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, de una fracción de terreno designada como “LOTE B” del proyecto de mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1); que posee una superficie de 32,85 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “Parcelas N°18, N°19 y N°20 de la Manzana 106 de la sección 01 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Plano de Mensura N°034057-1962 (Manzana N°149 de la Sección 6° Catastro Municipal) – P.I.I. N°12-08-00-164.907/0003, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los dominios Tomo 102 Par, Folio 861, Número 60176 – Año 1959 – y Tomo 107 Impar, Folio 436, Número 8785 Bis – Año 1962 –; con destino a ensanche de Calle Mendoza.
Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de Julio de 2022.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.