VISTO:

La Resolución IM/ 25.599 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre el Expte. N°373 – Año 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que es propósito del Sr. Gustavo Hugo Mensi (D.N.I.:16.459.502); en su carácter de propietario del inmueble ubicado entre las calles Bv. de las Américas (al Sur); Pueyrredón (al Oeste); Remedios de Escalada (al Norte) y Lavalle (al Este), de esta ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, proceder a la donación de una fracción de terreno, designada como “LOTE 17” del plano confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1); que posee una superficie de 835,56 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “MANZANA N°139” de la Sección 10° (P.I.I. N°12-08-00-166.207/0000), inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los Dominio: Tomo 37, Folio 11, Número 37.703 – (22/06/1987) – y  Tomo 37, Folio 11, Número 19.516 – (09/04/1986);

Que el mencionado “LOTE 17” será destinado a ensanche de calles, según el plano de Proyecto de Mensura y Subdivisión que se adjunta, confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1);

Que la única incumbencia de la Municipalidad es la de aceptar la donación, para luego proceder a su inscripción en la Dirección de Topografía y Catastro de la Provincia según lo dispuesto por Ley 9319, reglamentada según Decreto N°5154;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 dispone en su Art. 30 Inc. 8 “que son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales, aceptar o rechazar las donaciones o legados que se hicieran al Municipio”.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

 Art.1º): Acéptese la donación ofrecida por el Sr. Gustavo Hugo Mensi (D.N.I.:16.459.502); en su carácter de propietario del inmueble ubicado entre las calles Bv. de las Américas (al Sur); Pueyrredón (al Oeste); Remedios de Escalada (al Norte) y Lavalle (al Este), de esta ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, de una fracción de terreno designada como “LOTE 17” del plano confeccionado por el Ing. Agrimensor Danilo F. Ferri (I.Co.P.A. 1-0185/1); que posee una superficie de 835,56 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “MANZANA N°139” de la Sección 10° (P.I.I. N°12-08-00-166.207/0000), inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los Dominio: Tomo 37, Folio 11, Número 37.703 – (22/06/1987) – y Tomo 37, Folio 11, Número 19.516 – (09/04/1986) ; con destino a ensanche de calles.

Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de Julio de 2022.-

            Sr. Andrés Rosetti                                                                    Dr. Gustavo Paschetta

           Secretario del H.C.M                                                                 Presidente del H.C.M.