VISTO:

 

La Resolución IM/ 25.582 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre el terreno de Propiedad Municipal ubicado sobre calle Bordabehere Nº 2058,  y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que sobre dicho terreno la Municipalidad de San Jorge ha construido un edificio con el fin de destinarlo a ubicar el Centro Municipal de Retención y Control Animal y reubicar las oficinas de la Dirección de Seguridad Rural “Los Pumas”;

Que el terreno que podría otorgarse en Comodato es el sito en calle Bordabehere Nº 2058, identificado bajo nomenclatura catastral 09.00164.4323.0000, cuenta tributaria Nº 48340, a nombre de Municipalidad de San Jorge;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal encuentra conveniente ceder en Comodato la propiedad detallada al Ministerio de Seguridad Provincial para el funcionamiento de una sección de la Dirección de Seguridad Rural “Los Pumas”;

Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 41º, Inc. 18 de la Ley Nº 2756, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Art. 1º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un Contrato de Comodato de hasta diez (10) años con el Ministerio de Seguridad Provincial para el funcionamiento de una Sección de la Dirección de Seguridad Rural “Los Pumas”, sobre un inmueble de Propiedad Municipal identificado bajo Nomenclatura Catastral Nº 09.00164.4323.0000, cuenta tributaria Nº 48340, ubicado sobre calle Bordabehere Nº 2058, a nombre de Municipalidad de San Jorge.-

 

Art. 2º): Autorizase al Sr. Intendente Municipal D. Enrique Luis Marucci, DNI Nº 11.705.870 y a la Sra. Secretaria de Gobierno Dra. Lorena Oitana, DNI Nº 22.593.602 a suscribir el respectivo Contrato en los términos del Art. 1º de la presente.-

 

Art. 3º): El inmueble cedido en Comodato será destinado para la instalación de una Sección de la Dirección de Seguridad Rural. El Departamento Ejecutivo Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Nº 2756.-

 

Art. 4º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

 

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de Junio de 2022.-

 

 

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                    Sr. Juan P. Pellegrino

Secretario del H.C.M                                                              Vicepresidente 1º del H.C.M.