VISTO:
La Resolución IM/25.564 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre El Expte. N°620 – Año 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que es propósito de los Sres. Mariana Herminia Ghio (D.N.I.:16.797.866); Jerónimo Alberto Garcés (D.N.I.:38.818.587); Nora Beatriz Calcaterra (D.N.I.:13.508.558) y Cecilia Andrea Calcaterra (D.N.I.:20.241.279); en su carácter de propietarios del inmueble ubicado entre las calles O’Higgins (Oeste), Bv. de Las Américas (Norte) y Gral. Artigas (Este) de esta ciudad de San Jorge Provincia de Santa Fe, proceder a la donación de una fracción de terreno, designada como “LOTE 1” del proyecto de mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Ulises P. Banchio (I.Co.P.A. 1-0154); que posee una superficie de 464,24 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “LOTE N°2” del Plano N°185631 (Manzana 145 de la Sección 9°) – P.I.I. N°12-08-00-166.222/0000, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los dominios Tomo 281 IMPAR, Folio 728, Número 115861– Año 2020; y Tomo 281 IMPAR, Folio 722, Número 115855 – Año 2020;
Que el mencionado “LOTE 1” será destinado a ensanche de calles, según el plano de Proyecto de Mensura y Subdivisión que se adjunta, confeccionado por el Ing. Agrimensor Ulises P. Banchio (I.Co.P.A. 1-0154);
Que la única incumbencia de la Municipalidad es la de aceptar la donación, para luego proceder a su inscripción en la Dirección de Topografía y Catastro de la Provincia según lo dispuesto por Ley 9319, reglamentada según Decreto N°5154;
Que la Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 dispone en su Art. 30 Inc. 8 “que son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales, aceptar o rechazar las donaciones o legados que se hicieran al Municipio”.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º): Acéptece la donación ofrecida por los Sres. Mariana Herminia Ghio (D.N.I.:16.797.866); Jerónimo Alberto Garces (D.N.I.:38.818.587); Nora Beatriz Calcaterra (D.N.I.:13.508.558) y Cecilia Andrea Calcaterra (D.N.I.:20.241.279); en su carácter de propietarios del inmueble ubicado entre las calles O’Higgins (Oeste), Bv. de Las Américas (Norte) y Gral. Artigas (Este) de esta ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, de una fracción de terreno, designada como “LOTE 1” del proyecto de mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Ulises P. Banchio (I.Co.P.A. 1-0154); que posee una superficie de 464,24 m2. y que es parte de una fracción de terreno identificada como “LOTE 2” del Plano N°185631 (Manzana 145 de la Sección 9°) – P.I.I. N°12-08-00-166.222/0000, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo los dominios Tomo 281 IMPAR, Folio 728, Número 115861– Año 2020- y Tomo 281 IMPAR, Folio 722, Número 115855 – Año 2020-; con destino a ensanche de calle.
Art.2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Desé Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de Junio de 2022.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.