VISTO:

La Resolución IM/25.403 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la reciente sanción de la Ley de N°14.050; y teniendo en miras la existencia de la ley Nº 12.385 y sus Decretos Reglamentarios;

CONSIDERANDO:

Que la Ley autoriza en su Artículo 1° a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a afectar, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos que le correspondan en el Ejercicio 2021 del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, según Ley Nº 12.385 y modificatorias, para ser aplicados a gastos corrientes;

Que teniendo en miras que la Municipalidad de San Jorge posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al período 2021 de la Ley Nº 12.385, por no haber sido utilizados;

Que la actual situación económica-financiera, que no difiere de la que padece la Provincia de Santa Fe, aconseja solicitar los beneficios que concede el Artículo 1° de la Ley N°14.050.-

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º): Solicitar a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a esta administración municipal el importe de $ 10.457.911,53 (Pesos Diez Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Once con Cincuenta y Tres Centavos) el que no excede del cincuenta por ciento (50%) de los fondos que en virtud de la Ley Nº 12.385 le corresponde a la Municipalidad de San Jorge para el Período 2021, para ser afectados a gastos corrientes, en el marco del Artículo 1° de la Ley  N°14.050 y su reglamentación.-

Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Desé Copia al Registro Municipal y Archívese.

Art. 3º): Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciocho días del mes de Noviembre de 2021.-

                    Sr. Andrés Rosetti                                                            Dr. Gustavo Paschetta

                    Secretario del H.C.M                                                       Presidente del H.C.M.

 

Descargar legislación: Nº 2361 GASTOS CORRIENTES