VISTO:
La Resolución IM/25.259 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre los Artículos 6º y 7º de la Ley Nº 9286 (Estatuto y Escalafón para el Personal de Municipalidades y Comunas de la Pcia. De Santa Fe), y;
CONSIDERANDO:
Que los mencionados Artículos refieren al Personal de Gabinete, estableciendo que comprende a aquellos que cumplen funciones de colaboradores o asesores directos del Departamento Ejecutivo y sus Secretarios;
Que el mencionado Artículo 6º establece además que este personal solo podrá ser designado en puestos previamente establecidos para tal fin;
Que este Departamento Ejecutivo considera importante la adecuación de su gabinete a las necesidades actuales de gestión y propias de sus funciones diarias, es por eso que requiere realizar un reacomodamiento de su estructura;
Que sería conveniente la creación del cargo de Encargado de la Administración General y control del Residencial Municipal para Adultos Mayores “Hogar del Sol”;
Que las funciones a desempeñar por el Funcionario que ocupe el cargo establecido por Organigrama deben ser determinadas en su respectivo Decretos;
Que la Municipalidad de San Jorge debe determinar los puestos que conformarán el personal de gabinete según lo establecido por el artículo de referencia.
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a designar Personal de Gabinete aquel que ocupe el Cargo de Colaborador, Asesor y Secretario del Intendente, Secretario y Subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal según lo establecido en los organigramas que forman parte de la presente Ordenanza.-
Art. 2º): Apruébese el Organigrama Nivel 2.1 que forma parte de la presente como Anexo I el cual establece la creación del cargo de Encargado de la Administración General y control del Residencial Municipal para Adultos Mayores “Hogar del Sol”.-
Art. 3º): Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer por Decreto las funciones de dicho cargo determinado en el respectivo Organigrama.-
Art. 4º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los un días del mes de Julio de 2021.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.