VISTO:
La Resolución IM/25.120 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la Licencia solicitada por el Sr. Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ley en su Capítulo II, Art. 32º establece: “El Intendente Municipal no podrá ausentarse del Municipio por más de cinco días hábiles, sin delegar sus funciones en quien corresponda” y el Art. 33º establece: “En caso de vacancia, fallecimiento o ausencia por más de cinco días, el Intendente será suplido por el Presidente del Concejo Municipal, y en defecto de éste por el Vice Presidente 1º o Vice Presidente 2º, hasta tanto se nombre el reemplazante o cese la causa de la ausencia.”
Que en consecuencia a lo expresado en el Considerando anterior se hace necesario suplantar al Intendente Municipal y quien deba efectuar dicho reemplazo lo deberá realizar con el grado de responsabilidad que merece tal función, sin obligación de percibir diferencia de haberes por el cargo a ocupar.-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Concédase Licencia al Intendente Municipal Sr. Enrique Luis Marucci, D.N.I. Nº 11.705.870, a partir del día cuatro de Enero de dos mil veintiuno hasta el veintidós de Enero de dos mil veintiuno inclusive.-
Art. 2º): Delégase el mando de Intendente Municipal al Presidente del Honorable Concejo Municipal Sr. Gustavo Daniel Paschetta, D.N.I. Nº 30.516.941, por el período que dure la ausencia del Titular, y con todas las atribuciones inherentes al cargo que fija la Ley Nº 2756.
Art. 3º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diecisiete días del mes de Diciembre de dos mil veinte.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.