VISTO:

La Resolución IM/25.111 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la necesidad de mejorar y ampliar el parque automotor municipal para la realización de las diversas tareas inherentes a la gestión, y;

CONSIDERANDO:

Que según Ley Provincial Nº 12.385, su Modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08 se establece la creación de un Fondo dentro del Presupuesto Provincial para la realización de Obras Menores en los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que la Municipalidad de San Jorge tiene por objetivo adquirir un hidroelevador montado sobre camioneta y/o utilitario 0Km., con el fin de mejorar la operatividad de las Secciones Alumbrado y Arbolado Público en su mayor medida;

Que esta adquisición se encuentra entre los proyectos factibles de financiamiento por el fondo antes mencionado.

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º): Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley Nº 12.385, su Modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el aporte de Fondos No Reintegrables para la “Adquisición de Hidroelevador nuevo montado sobre camioneta 0km.” Por un monto de Pesos Cuatro Millones Setecientos Treinta Mil ($4.730.000,00.-).-

Art.2º): Facúltese al Intendente Municipal Sr. Enrique Luis Marucci, D.N.I. Nº 11.705.870,  para gestionar los Fondos para la “Adquisición de Hidroelevador nuevo montado sobre camioneta 0km.” Por un monto de Pesos Cuatro Millones Setecientos Treinta Mil ($4.730.000,00.-), los que corresponden asignar íntegramente a la partida del Año 2019.-

Art.3º): Los Ingresos y Egresos que se produjeren se imputarán en las Cuentas Nº 1.03.01.07.00.00 “APORTE NO REINTEGRABLE PROVINCIAL” y Nº 2.04.03.21 “OBRAS MENORES LEY 12.385” del Presupuesto en Vigencia.-

Art.4º): Promúlguese, Publíquese, Comuníquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de Diciembre  de dos mil veinte.-

          Sr. Andrés Rosetti                                                                       Dr. Gustavo Paschetta

         Secretario del H.C.M                                                                   Presidente del H.C.M.

Descargar legislación: Nº 2329 OBRAS MENORES