VISTO:
El reclamo efectuado oportunamente ante Mesa de Entradas de la Municipalidad de San Jorge por la Sra. Eva Bustos DNI 10.920.437, domiciliada en Garay 578 de nuestra ciudad, referido al estado y crecimiento de dos ejemplares de arbolado público ubicados frente a su domicilio, y;
CONSIDERANDO:
Que las raíces de dichos ejemplares han provocado el levantamiento y deterioro de la vereda frente al inmueble;
Que, asimismo, se ha advertido que el crecimiento de las raíces se estaría extendiendo hacia el sector del garage de la vivienda, generando posibles inconvenientes y riesgo de mayores daños sobre la propiedad;
Que la vecina manifiesta haber efectuado oportunamente un reclamo verbal ante Mesa de Entradas, hace varios meses, sin haber recibido hasta el momento una respuesta o intervención al respecto;
Que resulta conveniente que el área municipal competente en materia de Arbolado Público realice una inspección del lugar y evalúe el estado de los ejemplares, el desarrollo de sus raíces y los posibles daños ocasionados;
Que en función de dicha evaluación técnica, deberá determinarse la intervención que corresponda, pudiendo contemplar tareas de poda correctiva, tratamiento o control de raíces, extracción de los ejemplares o cualquier otra medida que técnicamente resulte necesaria y adecuada.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 14.436 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Art.1°): Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda y particularmente del sector de Arbolado Público, se proceda a realizar una inspección y evaluación técnica de los dos ejemplares ubicados frente al domicilio de la Sra. Eva Bustos DNI 10.920.437, sito en calle Garay 578, a fin de determinar las medidas necesarias ante el levantamiento y deterioro de la vereda y el avance de las raíces hacia el sector del garage de la vivienda.
Art.2°): Asimismo, se solicita que, conforme al resultado de dicha evaluación, se proceda a ejecutar las tareas que técnicamente correspondan, sean poda correctiva, intervención sobre las raíces, extracción de los ejemplares o cualquier otra medida que resulte adecuada, procurando prevenir mayores daños a la vereda y al inmueble.
Art. 3°): Finalmente, se solicita se informe a este Concejo Municipal y a la vecina reclamante sobre las actuaciones realizadas y las medidas adoptadas al respecto.
Art.4°): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese. –
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de Setiembre de dos mil veintiséis. –
Sr. Andrés Rosetti Sra. Marisa Iturbide
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M