VISTO:
El deber de contralor del concejo municipal, como así también, la obligación de informar los actos de gobierno y la absoluta transparencia de los mismos, y;
CONSIDERANDO:
Que la información recibida por parte de vecinos de la localidad, quienes manifestaron que se estarían realizando ventas de tierra mediante camiones de la Municipalidad de San Jorge a un valor aproximado de $60.000 por unidad a particulares;
Que los concejales tienen la obligación de representar a los vecinos y atender sus inquietudes en el ámbito del Concejo Municipal;
Que resulta fundamental el ejercicio de la función de contralor que la Carta Orgánica y la legislación vigente le otorgan al Concejo respecto de los actos del Departamento Ejecutivo Municipal;
Que la transparencia en la gestión pública constituye un principio básico del sistema democrático y una condición indispensable para mantener la confianza de la ciudadanía en sus autoridades;
Que en caso de que dicha operatoria de venta de tierra efectivamente se esté llevando a cabo, corresponde conocer el origen de la misma, la normativa que lo autoriza y el destino de los fondos recaudados.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Art. 1°): Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles:
Art. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese. –
Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de Setiembre de dos mil veinticinco.
Sr. Andrés Rosetti Sr. Facundo Blum
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M