VISTO:
La propuesta del Frente de las Mujeres Sindicalistas del Departamento San Martín, sobre la creación de un lactario, y;
CONSIDERANDO:
Que las Instituciones Públicas deben poseer un ambiente acondicionado para su uso como lactario;
Que la organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda prolongar la lactancia exclusiva hasta los seis meses y la complementaria hasta los dos años;
Que la Ley Nº 26.873 de Promoción y Concientización Pública sobre Lactancia Materna en su Art. 4º insta a promover la existencia de “Espacios para la Lactancia”.
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION
Art.1º): Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal el acondicionamiento de un ambiente para uso como lactario para madres trabajadoras del Municipio, el mismo constará de una mesa, un sillón y una heladera donde la madre pueda almacenar refrigerada la leche extraída durante su jornada laboral, el mismo debe brindar privacidad y comodidad.
Art.2º): Comuníquese, Publíquese, Dése Copia del Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa fe, a los veinticuatro días del mes Septiembre de dos mil veinte.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M.