VISTO:
La Resolución IM/26.831 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la necesidad de ordenar la circulación en calle Lavalle entre calles Presidente Perón y Garay, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer una mano única de estacionamiento a los efectos de poder garantizar la correcta circulación por ambas manos de dicha calle la cual a dicha altura posee doble mano de circulación;
Que actualmente la calle Lavalle permite el doble sentido de circulación, por lo tanto al estacionarse vehículos de ambas manos dificulta el tránsito y genera inconvenientes que ponen en riesgo la seguridad vial;
Que por lo antes mencionado, resulta necesario establecer una única mano de circulación siendo conveniente decidir la mano Oeste de dicha calle teniendo en cuenta el sentido de circulación que tiene dicha calle en el resto de su traza;
Que de esa forma se permitiría ordenar el tránsito, y generar menores perjuicios a los vecinos del sector y a quienes transiten por dicha calle;
Que consultada la Dirección de Inspección General y Policía de Tránsito Municipal, su Director manifestó estar de acuerdo con el cambio solicitado.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal disponer en calle Lavalle entre las calles Presidente Perón y Garay mano única de estacionamiento, en lado oeste.
Art. 2º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la ciudad de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Marzo de dos mil veintiséis. –
Sr. Andrés Rosetti Sra. Marisa Iturbide
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M