VISTO:
La Resolución IM/26.766 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la sanción de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08, y;
CONSIDERANDO:
Que por dicha Ley el Gobierno de la Provincia crea el Fondo para la Construcción de Obras para el Interior en Municipios de Segunda Categoría y Comunas;
Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
Que se ha evaluado los proyectos prioritarios para el distrito, siendo éste el de la adquisición de dos compactadores y dos palas cargadoras;
Que para el año 2026 le corresponde a San Jorge el total de pesos quinientos setenta y seis millones quinientos treinta y nueve mil ochocientos ocho con noventa centavos ($576.539.808,90);
Que el costo de las maquinarias al 21 de enero asciende a pesos cuatrocientos treinta y dos millones trescientos noventa mil ($ 482.390.000) de acuerdo a los presupuestos adjuntos;
Que dicho proyecto se encuentra comprendido entre los que son financiables por el Fondo.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el aporte de pesos cuatrocientos treinta y dos millones trescientos noventa mil ($ 482.390.000), correspondientes a la asignación año 2026, no reintegrables para la realización del proyecto de adquisición de dos compactadores y dos palas cargadoras;
Art. 2º): Facúltese al señor Intendente Municipal, Juan Pablo Pellegrino DNI: 28.135.549 a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial del proyecto que se menciona en el artículo 1º y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
Art. 3º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la ciudad de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil veintiséis. –
Sr. Andrés Rosetti Sra. Marisa Iturbide
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M