VISTO:
La Resolución IM/26.323enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre el Expte. Nº 1098 del año 2024 Castro Nicolás Adrian solicitando Lote en comodato productivo (Ord. 2217/18), y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Sr. Nicolás Adrián Castro, solicita se le otorgue en comodato por el término de dos (2) años sobre un Inmueble de Propiedad Municipal donde funcionará un local con venta al público de carne porcina, bovina y embutidos con elaboración y producción propia;
Que la autoridad competente ha realizado los estudios correspondientes sobre dicho proyecto, los cuales son parte del expediente de referencia;
Que Oficina de Catastro informa, que el Inmueble solicitado para el uso mencionado se halla ubicado sobre calle General Paz N° 1270, a nombre de Municipalidad de San Jorge (Nomenclatura Catastral: 09.00217.0018.0000 Nº de Liquidación 57110 P.I.I Nº 166497/0005-9);
Que Inspección de Obras informa que el terreno solicitado es un lote baldío que al momento de la inspección se encuentra limpio y libre de malezas;
Que Obras Privadas verifica que es una actividad conforme al Área referida;
Que el informe de Secretaria de Medio Ambiente indica que la actividad es de bajo impacto ambiental;
Que Tributos y Contribuciones indica que no adeuda Tasas de Servicios ni Obras;
Que DREI indica que se encuentra inscripto y no posee deuda de DREI;
Que el Departamento Ejecutivo encuentra conveniente satisfacer el pedido efectuado por el solicitante, considerando que es una de las formas de fomentar el desarrollo de los emprendimientos dentro del Municipio;
Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 41º, Inc. 18 de la Ley Nº 2756, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de Comodato de hasta dos (2) años con el Sr. Nicolás Adrián Castro, DNI Nº 38.818.528, domiciliado en calle Eva Perón 2457 de esta Ciudad de San Jorge, sobre un Inmueble de propiedad Municipal ubicado sobre calle General Paz N° 1270, a nombre de Municipalidad de San Jorge (Nomenclatura Catastral: 09.00217.0018.0000 Nº de Liquidación 57110 P.I.I Nº 166497/0005-9.-
Art. 2º): Autorizase al Intendente Municipal Sr. Juan Pablo Pellegrino y al Secretario de Gobierno Mariano Salomón a suscribir el respectivo Contrato en los términos del Art. 1º de la Presente.-
Art. 3º: El Inmueble cedido en comodato deberá ser destinado para funcionamiento de venta al público de carne porcina, bovina y embutidos con elaboración y producción propia. El Departamento Ejecutivo Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado, conforme a lo establecido en el Art. 20º de la Ley Nº 2756.-
Art. 4º): Establézcase como cláusula integrante del contrato referido la siguiente:
“Todas las mejoras que el Comodatario introduzca en el inmueble motivo del presente que puedan ser desmontadas y/o retiradas, sin que ello implique destrucción, deterioro y/o inutilización de las mismas conforme a su naturaleza para su posterior uso, podrán ser retiradas por el Comodatario en su calidad de propietario de las mismas, quedando las mejoras restantes en beneficio de la Comodante”
Art. 5º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dese copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de Junio de 2025.-
Sra. Viviana Franchetto Sr. Facundo Blum
Pro Secretaria del H.C.M. Presidente del H.C.M.
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