VISTO:
La Resolución IM/25.278 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre el Proyecto de Pavimentación Parcial del Bv. 9 de Julio entre Santiago del Estero y Bv. de las Américas, y;
CONSIDERANDO:
Que este Proyecto será ejecutado con fondos provenientes del “Plan Incluir” (Decretos 1184/2020 y 2482/2020) y que para la concreción del mismo resulta necesario la adquisición de 250 Tn. De Cemento;
Que resulta necesario y conveniente no retrasar la concreción de la obra debido a los tiempos que conlleva la realización de una licitación pública, a fin de evitar que la inflación existente continúe erosionando los fondos recibidos oportunamente;
Que el cemento que se necesita adquirir, es un material que no presenta habitualmente dispersión de precios y se puede contratar fácilmente la razonabilidad de los montos ofertado por los distintos proveedores con los valores de mercado;
Que en función del punto anterior resulta conveniente realizar un Concurso de Precios para adjudicar la compra y para ello resulta necesaria la autorización del Honorable Concejo Municipal, ya que los montos proyectados superan los estipulados en la Ordenanza De Compras vigente.
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno emite la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a obviar el llamado de Licitación Pública correspondiente y consecuentemente con ello a realizar un Concurso de Precios para adquirir 250 Tn. De Cemento Portland Normal a granel CP 40.-
Art.2º: Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diecisiete días del mes de Junio de 2021.-
Sr. Andrés Rosetti Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.