VISTO:
La Resolución IM/25.066 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la necesidad de contar con una oficina de Empleo Municipal para la gestión de puestos de trabajo, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con una oficina que no solo reclute currículum vitae de personas que se encuentran sin trabajo o que tiene expectativas de cambios laborales, sino también un espacio de capacitación para la generación de personal calificado ya sea profesionalmente o de oficio;
Que dicha oficina atendería tanto la oferta como la demanda laboral, contactando empresas y/o comercios para brindar el servicio de preselección de personal;
Que dicha oficina, además, realizaría una preselección para cada solicitud laboral, buscando los mejores perfiles para cada puesto;
Que es necesario dotar al Departamento Ejecutivo Municipal de herramientas necesarias para la generación u ocupación de puestos laborales;
Que sería conveniente la creación de los cargos de Encargado de la Oficina de Empleo, Secretario y Auxiliar;
Que las funciones a desempeñar por Funcionarios que ocupen los cargos establecidos por Organigrama deben ser determinadas en sus respectivos Decretos.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1º): Crease la Oficina Municipal de Empleo en el ámbito de la Subsecretaria de producción, dependiente de la Secretaria de Gobierno, dentro del organigrama Nivel 2.1.-
Art. 2º): Constituirán los temas inherentes a la Oficina Municipal de Empleo los siguientes asuntos:
Art.3º): Crease los cargos Encargado de la Oficina de Empleo, Secretario y Auxiliar, dependientes de la Subsecretaria de la Producción, dependiente de la Secretaria de Gobierno, los cuales están detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente y modifíquese el Organigrama en su Nivel 2.1 el cual quedará confeccionado según el Anexo II el cual forma parte integrante de la presente.-
Art.4º): Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer por Decreto las funciones de cada uno de los Cargos determinados en el respectivo Organigrama.-
Art.5º): Facúltese al Sr. Intendente Municipal a asignar las Partidas Presupuestarias que considere necesarias para garantizar el normal desempeño de la mencionada Oficina.-
Art.6º): Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con la Secretaria de Trabajo de la Provincia de Santa Fe y del Gobierno Nacional o el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social tanto Provincial como Nacional, a fin de que esta Municipalidad de San Jorge participe en la constitución y desarrollo de la Red Nacional de Servicios de Empleo.-
Art.7º): Promúlguese, Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de Octubre de dos mil veinte.-
Sr. Andrés Rosetti Sr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M Presidente del H.C.M.