VISTO:

Que cada 27 de agosto se celebra en la Argentina el Día de la Radio en recuerdo de la primera transmisión radial realizada en el país el 27 de agosto de 1920 desde la terraza del Teatro Coliseo de Buenos Aires, cuando Enrique Telémaco Susini junto a los estudiantes Miguel Mujica, César Guerrico y Luis Romero Carranza —conocidos como «Los Locos de la Azotea»— transmitieron la ópera Parsifal de Richard Wagner, dando inicio a la radiofonía argentina e incluso a uno de los primeros servicios de radiodifusión programada en el mundo

CONSIDERANDO:

Que ese acontecimiento marcó el surgimiento de una nueva forma de comunicación masiva, capaz de acercar música, noticias y cultura a las audiencias;

Que la radio ha sido históricamente un medio de integración social, cultural e informativa en la Argentina, consolidándose como una herramienta fundamental para la construcción de memoria colectiva;

Que, en nuestra ciudad, los y las profesionales de la radio local desempeñan un rol esencial en la transmisión de información, cultura, identidad y participación ciudadana a través de sus voces, espacios y programas;

Que resulta vital reconocer institucionalmente su labor y estimular su continuidad, especialmente en un contexto de evolución tecnológica creciente.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

DECLARACIÓN:

Art. 1°): Declárase de Interés Municipal la conmemoración del 27 de agosto como Día de la Radio, en homenaje a los profesionales, técnicos, locutores, productores y colaboradoras/es que integran el medio radial local.

Art 2°): Manifiéstese el reconocimiento a quienes desde la radio contribuyen diariamente a informar, formar y entretener a la comunidad, fortaleciendo la identidad local y promoviendo el pluralismo cultural.

Art. 3°): Invitase a las emisoras locales y medios comunitarios a sumarse a la jornada con actividades especiales, programas dedicados a destacar su historia, compartir experiencias y vincularse con la ciudadanía.

Art. 4°): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese. –

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de Agosto de dos mil veinticinco.

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                       Sr. Facundo Blum

Secretario del H.C.M.                                                                 Presidente del H.C.M