VISTO:

Por cumplirse 40 años de la “Guerra de Malvinas”, conmemoramos nuevamente el Día del Veterano y los caídos en la Guerra de Malvinas en Argentina;

 CONSIDERANDO:

Que, el 2 de abril de cada año se recuerda con orgullo a los soldados que participaron en la Guerra de Malvinas en el año 1982.

Que, en nuestra ciudad tenemos compatriotas que han defendido nuestra soberanía en las islas y que no dejaremos que sus nombres y sus actos entren en el olvido.

Que, nuestro ser nacional se dinamiza gracias a ellos.

Que, el honor no reside en la victoria en una guerra; sino en transformar las heridas del combate en cicatrices indelebles que enaltezcan la dignidad de vivir y construir una Patria de paz, diálogo y respeto por la vida de los que ya no están, de los que continúan aquí y de los que están por venir

Que, a 40 años de ese 2 de abril de 1982, es nuestro deber mantener en la memoria colectiva a todos los que defendieron a nuestra patria y nuestra Soberanía Nacional sobre Islas Malvinas

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

DECLARACIÓN

ART.1º): Establézcase de INTERES MUNICIPAL a las actividades a llevarse a cabo durante el mes de abril y junio del corriente año, con motivo de conmemorar el día 2 de abril un nuevo aniversario del “Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas”

ART.2º): Institúyase al año 2022 como el “AÑO DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS” en homenaje al 40° aniversario de la Guerra de Islas Malvinas y el Atlántico Sur.

ART.3º): Dispónese que durante el año 2022 toda la documentación oficial del Concejo Deliberante y de la Municipalidad, deberán llevar en el margen superior derecho un membrete con la leyenda «2022 – AÑO DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA”

ART.4º): Invítese al Comercio, Industria e Instituciones de nuestra ciudad a participar de este Homenaje, insertando también en su correspondencia la leyenda citada en Art. 3º de la presente.

ART.5º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los 17 del mes de marzo de 2022

   Sr. Andrés Rosetti                                                              Dr. Gustavo Paschetta

Secretario del H.C.M                                                            Presidente del H.C.M.

Descargar legislación: DECLARACION MALVINAS ARGENTINAS