VISTO:

La Resolución IM/25.427 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre  la necesidad de continuar con el Plan de Pavimentación Urbana de la ciudad de San Jorge, denominado “San Jorge Sin Barro”, y;

CONSIDERANDO:

Que según la Ley Provincial N°12.385, su modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08 se establece la creación de un Fondo dentro del Presupuesto Provincial para la realización de Obras Menores en los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que dentro del plan de pavimentación citado, la Municipalidad de San Jorge tiene por objetivo realizar la pavimentación con hormigón de las calles San Luis entre Bv. 25 de Mayo y Güemes; y de Calle Enzo Bordabehere entre Santiago del Estero y Colón, con el fin de mejorar la transitabilidad, escurrimiento de agua pluvial y disminuir los actuales costos de mantenimiento de estas calles;

Que este proyecto se encuentra entre los proyectos factibles de financiamiento por el fondo antes mencionado;

Que la Ordenanza N°1873/2011 declara de interés público y pago obligatorio las obras de Pavimentación de calles faltantes de nuestra ciudad, denominado “PLAN DE PAVIMENTACION URBANA SAN JORGE SIN BARRO”, según la planificación que realice la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Subsecretaría de Hacienda;

Que a entender del Departamento Ejecutivo Municipal dichas obras no deben ser susceptibles de recuperación mediante contribución de mejora ya que, en el caso de calle San Luis es una de las arterias más transitadas para vincular el centro de la ciudad con la parte Oeste y en el caso de calle Enzo Bordabehere es desagüe de una zona de la ciudad donde el escurrimiento de agua pluvial se ve ralentizado habitualmente debido a las cotas del terreno natural y donde las napas freáticas altas deterioran excesivamente las calles ripiadas.

Que en ambos casos, las situaciones descriptas obligan a un constante mantenimiento por parte del Municipio;

Que de esta manera se busca disminuir los costos de mantenimiento de las calles que se proyecta pavimentar, beneficiando no solo a los vecinos frentistas, sino a la población en general.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno emite la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º): Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N°12.385, su modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el aporte de Fondos No Reintegrables para la Realización del Proyecto “Pavimentación Parcial calle San Luis y calle Bordabehere” por un monto de Pesos: Diez Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Once con Cincuenta y Tres Centavos ($10.457.911,53).-

Art. 2º): Declárese como NO SUSCEPTIBLE de recuperación mediante Contribución de Mejoras al Proyecto “Pavimentación parcial calle San Luis y calle Bordabehere”.

Art. 3º): Facúltese al Intendente Municipal Sr. Enrique Luis Marucci, D.N.I.:11.705.870; para gestionar los fondos para el financiamiento del Proyecto “Pavimentación parcial calle San Luis y calle Bordabehere” por un monto de Pesos: Diez Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Once con Cincuenta y Tres Centavos ($10.457.911,53.), los que corresponden asignar íntegramente a la partida del año 2021.-

Art. 4º): Los Ingresos y Egresos que se produjeren se imputarán en las cuentas Nº 1.03.01.07.00.00 “APORTE NO REINTEGRABLE PROVINCIAL” y Nº 2.04.03.21  “OBRAS MENORES LEY 12.385” del Presupuesto en vigencia.-

Art. 5º): Designase como Proyectista y Conductor Técnico de la Obra al Secretario de Obras y Servicios Públicos; Ing. Diego Alejandro Demarchi, matrícula I.C.P.I.C 2-1555/4, quién por esta tarea NO PERCIBIRÁ honorario alguno, siendo a cargo del Municipio los aportes de Ley.-

Art. 6º): Promúlguese, Comuníquese, publíquese, dése copia al Registro Municipal y archívese.-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciséis días del mes de Diciembre de 2021.-

                    Sr. Andrés Rosetti                                                                  Dr. Gustavo Paschetta

                    Secretario del H.C.M                                                             Presidente del H.C.M.